La democracia en muchos Estados va ligada al poder político tradicional, que se ejercita mediante el voto y la elección de candidatos, los elegidos son legitimados para tomar decisiones y ejecutarlas en beneficio de toda la población.
Aunque en Bolivia esta característica es importante, el verdadero poder que fortalece a la propia democracia fluye en las calles y la toma de las vías públicas, a través de marchas, asambleas, cabildos; que es así como el verdadero poder se asienta en las masas movilizadas.
Dicho esto es necesario analizar la multitudinaria Marcha por la Patria y las demandas que planteó a lo largo de su largo recorrido de 200 kilómetros desde la localidad de Caracollo hacia la ciudad de La Paz. Esa movilización, además del respeto al 55% de votación que dio como ganador a Luis Arce Catacora del Movimiento al Socialismo – MAS en las elecciones presidenciales del 2020, también exigió justicia para las víctimas del cruento golpe de Estado del 2019, a la cabeza de Jeanine Añez y sus colaboradores, de los cuales se tiene a unos pocos cumpliendo detenciones preventivas en centros penitenciarios.
¿Por qué, a dos años del golpe de Estado, existen tan pocos aprehendidos? La respuesta es clara, por la retardación de justicia; es por tal situación que la Fiscalía tardó casi un año para emitir una acusación formal en contra de la señora Añez y sus cómplices. Al parecer la Marcha por la Patria tuvo su efecto inmediato, una vez más se demuestra que el poder de movilización social es fundamental para que la justicia cumpla con los tiempos determinados en la norma, y en este sentido podemos decir que La Justicia Tarda, Pero Llega. La acusación formal por el caso Golpe se fundamenta en que se ejecutó una sucesión ilegal a la Presidencia del Estado el 12 de noviembre de 2019, por la que Añez se autoproclamó Presidenta, sin el tratamiento de las renuncias de autoridades en el Legislativo; la señora Añez asumió ilegalmente la Presidencia del Senado, sin que se haya formalizado la renuncia de la Ex Senadora Adriana Salvatierra, y luego Añez se proclamó Presidenta del Estado, sin la aceptación por la Asamblea Legislativa Plurinacional de las renuncias del Ex Presidente, Evo Morales y del Ex Vicepresidente, Álvaro García Linera.
Ahora la pregunta es: ¿Se resolvió la discusión entre un Juicio Ordinario y un Juicio de Responsabilidades para procesar penalmente estos hechos delictivos? A mi entender este tema ya fue resuelto, puesto que el Juicio Ordinario nos ha demostrado que avanza con mayor rapidez, porque se tiene una acusación formal y la señora Añez cumple detención preventiva en el Centro Penitenciario para Mujeres de la ciudad de La Paz. En tanto que el “Juicio de Responsabilidades” se encuentra estancado en la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa del Estado de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a la espera de llegar a los 2/3 que se necesitan para autorizarlo.
Volviendo a la acusación formal presentada por la Fiscalía, la misma se respalda por la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 52/2021, que en palabras del propio Ministro de Justicia y Transparencia Institucional: “(…) En el año 2019 en el país [Bolivia] existió un golpe de Estado, declarando inconstitucional la autoproclamación de la Sra. Añez, por lo que no existió una sucesión ipso facto, nunca hubo vacío de poder”. Si ya se tiene una posición del Ministerio cabeza de sector, ¿Cuál es la motivación de algunas autoridades, para impulsar un Juicio de Responsabilidades en contra de la señora Añez desde el inicio de su asunción inconstitucional e ilegal, otorgándole un privilegio que solo es para el Presidente o Vicepresidente que fueron elegidos constitucionalmente? Me refiero en particular al Viceministro de Justicia y Derechos Humanos, César Siles, que sale a declarar a la opinión pública mencionando que: “(…) El proceso penal contra la expresidenta Jeanine Añez, se encuentra paralizado hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie sobre la constitucionalidad de los tipos penales (…)”. ¿Será que el Viceministro no leyó la Sentencia Constitucional N° 52/2021? En ella se afirma que no hubo sucesión constitucional y menos una proclamación legal y legítima, siendo que Añez tomó el poder violentamente y la fuerza desmedida de la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas. Esta clase de contradicciones y ocurrencias de algunas autoridades, deslegitiman al gobierno de Luis Arce Catacora por la falta de coordinación entre los Ministros y los Viceministros, afectando la línea política del Gobierno.
Pero lo más desastroso es el pronunciamiento de Edwin Quispe, Secretario General de la Fiscalía General del Estado, que al referirse a la Acusación Formal contra Añez, se da la tarea de determinar el tiempo exacto en el que se podría iniciar un Juicio de Responsabilidades, el cual según su entender sería desde la imposición de la banda presidencial, que le fue colocada a Añez por el general Kaliman, hoy acusado y prófugo de la justicia por el caso Golpe. Aclaro que el hecho de que un militar vestido con traje de campaña haya colocado una banda presidencial, no le otorga la calidad constitucional y la legalidad correspondiente a la señora Añez, no la convierte en Presidenta Constitucional. Me parece que estas declaraciones temerarias de algunos operadores de justicia no solo contradicen la posición de la acusación formal de la Fiscalía de Distrito de La Paz, sino que se alinean con la estrategia de la defensa de la acusada, que viene exigiendo llevar adelante un Juicio de Responsabilidades, porque saben que a mayor tiempo en celdas, sin las acusaciones formales de los juicios ordinarios que se le instauró, existe mayor posibilidad de lograr su libertad.
Es necesario aclarar que un Juicio de Responsabilidades tarda demasiado, tomando palabras del abogado de las víctimas de Senkata, Thomas Becker: “(…) los juicios de responsabilidades son largos y las victimas pueden optar por hacer juicio con los mecanismos internacionales si hay bloqueos en Bolivia para obtener justicia, por tanto, es importante avanzar en los juicios [ya instaurados] (…)”. Becker se está refiriendo a los juicios planteados por denuncias de la ex Diputada Lidia Patty ante la justicia ordinaria.
Seguramente muchos se preguntarán: ¿Cuál es la mejor vía para enjuiciar a Añez y por qué no se puede instaurar el Juicio de Responsabilidades? A tiempo de responder, primero se debe aclarar que en el ordenamiento penal boliviano existen las dos vías, pero los tiempos son indispensables para saber desde qué momento del curso de los hechos se podría iniciar un hipotético Juicio de Responsabilidades contra Añez, y como lo indiqué en anteriores artículos, el tiempo exacto, que ahora no solo ratifica la Sentencia Constitucional N° 52/2021, sino también la Acusación Formal presentada por la Fiscalía de Distrito de La Paz, sería el momento en que se dieron las aceptaciones de las renuncias formales del Ex Presidente Evo Morales y del Ex Vicepresidente, Álvaro García Linera, lo que no sucede sino hasta el 21 de enero de 2020, por lo que a partir de ese momento podría correr el Juicio de Responsabilidades contra la señora Añez, el tiempo anterior corresponde llevar adelante un Juicio Ordinario. Y es precisamente que en ese tiempo anterior ocurren las masacres de El Pedregal (11 de noviembre de 2019), Sacaba (15 de noviembre de 2019) y la de Senkata (19 de noviembre de 2019), por lo que no sólo la forma ilegal y violenta de su acceso al poder, sino también las masacres mencionadas, pueden y deben ser juzgadas en la vía ordinaria, no correspondiendo ningún juicio de privilegio constitucional.
Fuente: Galo Amusquivar en Rebelión